INSTITUTOS UNIVERSITARIOS

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Gracias a Dios Todopoderoso, a mi Madre Felipa García, a mi Familia y a estos Institutos por mi Formación Académica.

martes, 9 de diciembre de 2014

DÍA DEL PROFESOR UNIVERSITARIO


Preservar la autonomía universitaria en todos sus ámbitos: en lo organizativo, académico, administrativo y económico financiero. Defender la inviolabilidad del recinto universitario y la dignidad de sus comunidades, así como ejercer y respetar la libertad de cátedra, de investigación y de extensión”. 9eno principio ético del profesor universitario en Venezuela. Aprobados en la XXVI reunión ordinaria del consejo superior de la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV) realizada los días 29 y 30 de mayo de 2008 en Puerto la Cruz.


Cada 5 de diciembre se celebra desde 1958, una conmemoración más de la aprobación de la Ley de Universidades por parte de la Junta de Gobierno que estuvo provisionalmente a cargo del país luego del derrocamiento del Dictador Marcos Pérez Jiménez. Igualmente en dicha Ley, se establece la autonomía como principio rector de todas las universidades venezolanas. Esta Ley de Universidades de Venezuela fue promulgada como Decreto Ley Nº 458 el 5 de diciembre de 1958, fecha que se adoptó como Día del Profesor Universitario. Destaquemos que la Ley de Universidades fue un gran logro para las autoridades, profesores, estudiantes y trabajadores de las universidades nacionales, tan asediadas por la dictadura de los años cincuenta.


Derrocado el último gobierno dictatorial del siglo XX, las universidades, máximas casas del saber, formadoras de profesionales en diferentes áreas, comenzaron a trabajar con aires de libertad y pluralidad, administrando sus propios recursos y la academia. El proyecto de la ley fue elaborado en los meses sucesivos al derrocamiento de Pérez Jiménez, el 23 de enero de 1958.


Ese año, bajo una Junta de Gobierno Provisional, transitaba de nuevo Venezuela el camino hacia la democracia, interrumpido en 1948, y se derogó así la Ley de Universidades del 2 agosto de 1953, sancionada en el discurrir del segundo año de la dictadura del general Pérez Jiménez. Dos semanas después del Decreto Ley del 5 de diciembre de 1958, y ya con un Presidente electo para reiniciar el experimento democrático en el país, el 18 de diciembre de 1958, la Junta de Gobierno proclamó la autonomía universitaria.  No debemos dejarnos quitar nuevamente los logros de autonomía y derechos alcanzados a sudor y lágrimas, por simples pasiones políticas, pues los escenarios del pasado son para aprender de ellos. La Ley de Universidades fue enmendada el 2 de septiembre de 1970 en el Congreso Nacional presidido por José Antonio Pérez Díaz, y promulgada por Rafael Caldera, presidente de la República, en el Palacio de Miraflores, el 8 de septiembre de 1970.


Aprobado en 1991 por la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV) y el Consejo Nacional de Universidades (CNU), este día es el punto de inicio para solemnizar el decreto de la Ley de Universidades de 1958, que contempla la autonomía académica y administrativa de estas comunidades o sociedades del conocimiento.


Felicitaciones a todos los educadores que contribuyen en la formación de los futuros profesionales, y se esfuerzan a diario transmitiendo su experiencia y conocimiento a todos ellos con dedicación y responsabilidad, sobre todo a los profesores de la UCLA, UNA, IUTAJS, IUTY, CUAM, Carla Álvarez (IUTAJS), José Yovera (UNEY), Néstor Escudero (IUTY).




Lectura al Día







Publicado en el Yaracuy al Día el Martes 09 de Diciembre de 2014. Página 6. 

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