«La Bandera Nacional con los colores
amarillo, azul, rojo; el Himno Nacional Gloria al Bravo pueblo y el Escudo De
Armas de la República son los símbolos de la Patria. La ley regulará sus
características y significados y usos».
Art
8. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Los símbolos
nacionales son aquellos que un país adopta para representar sus valores, metas,
historia o riquezas y mediante los cuales se identifica y distingue de los
demás, además de aglutinar en torno a ellos a sus ciudadanos y crear un
sentimiento de pertenencia.
Los símbolos
nacionales por excelencia y según el artículo 3 son la bandera, el escudo
de armas y el himno, los cuales según la constitución de 1999 se
deben respetar sin cambiar sus formas por criterios o necesidades políticas, ya
que allí están plasmadas las ideas del Generalísimo Francisco de Miranda (Bandera
también modificada en 1954 por Marcos Pérez Jiménez), el Yaracuyano Carmelo
Fernández contribuyó en el diseño de un Escudo Nacional en 1834 y el Himno (Atribuyéndose
la letra a Vicente Salías y la música a Juan José Landaeta).
Resaltemos que
ultrajar estos símbolos es un delito, pero en cuanto a lo que compete a la
religión o la ideología que son acciones personales con Dios o con sus líderes,
se crea la libertad de culto, sobre todo cuando el fanatismo carcome todos los
sentidos.
Ahora bien, se
llama simbolismo a todo conjunto de figuras o elementos que se utilizan para
dar cuenta de otros de un modo arbitrario. Dicha asociación debe ser conocida
por el receptor para que pueda comprender lo que se enuncia de un modo cabal.
El simbolismo es
una práctica común en diversas tradiciones religiosas, literarias, pictóricas, históricas
y hasta culturales. En este sentido tenemos al Padre de la Patria Simón Bolívar,
nuestro único Libertador. Destaquemos que en cuanto a su imagen las evidencias
históricas que destacan es un retrato pintado por un artista peruano José Gil
de Castro (1785-1837, pintor de la aristocracia de Lima) entre los siglos XVI y
XVII el cual es el más realista ya que el propio Libertador declaró en una
carta dirigida al general Sir Robert Wilson: “Me tomo la libertad de dirigir a
Ud. un retrato mío hecho en Lima con la más grande exactitud y semejanza”.
Debemos tener en
cuenta que para hablar de simbolismo es importante entender cuál es la realidad
del símbolo, esto es, una asociación entre un significante y un significado
determinado.
Al mencionar al
Libertador debemos nombrar su espada, con la que el héroe libertó países y
construyó repúblicas, uniendo a sus ciudadanos y no creando divisiones. Esta no
debe ser utilizada y entregada de manera indebida a cualquier personaje sobre
todo si este es acusado de violaciones a los derechos humanos solo por tener
una afinidad política, pues esta espada es un bien inmaterial de la patria.
«Se prohíbe a las organizaciones políticas,
sociales y comunitarias, el uso del nombre, imagen y figura de la persona del
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela para la identificación,
nombre, denominación, caracterización, tipificación, calificación y designación
de organizaciones, sociedades, bienes, obras, proyectos, programas, actividades
políticas o sociales, campañas publicitarias o propaganda».
Art
3°. Decreto N° 7.836 del 18 de noviembre de 2010.
Opinión al Día
Publicado en el Yaracuy al Día el Lunes 18 de Enero de 2016. Página 6.
Opinión al Día
Publicado en el Yaracuy al Día el Lunes 18 de Enero de 2016. Página 6.
FEOS
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