INSTITUTOS UNIVERSITARIOS

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Gracias a Dios Todopoderoso, a mi Madre Felipa García, a mi Familia y a estos Institutos por mi Formación Académica.

domingo, 19 de abril de 2015

A 205 AÑOS DE LA REVOLUCIÓN DE 1810


Debemos tener presente que la independencia es la formación o la restauración de un país inmediatamente después de la separación de otro del que sólo formaba una parte. Este como concepto político apareció con la Declaración de Independencia de los Estados Unidos en 1776 como respuesta al colonialismo europeo, y se extendió con el Acta de Independencia de Haití (1804) tras la Revolución haitiana (1791-1804) y las declaraciones de independencia de los países latinoamericanos dependientes del Imperio español en las Guerras de independencia hispanoamericanas (1810-1821).


Más adelante el concepto se relacionó estrechamente con el principio de no intervención y el derecho de autodeterminación de los pueblos. Teniendo en cuenta que el no intervencionismo es la doctrina en política exterior que indica la obligación de los Estados de abstenerse o intervenir, directa o indirectamente, en los asuntos internos de otro Estado con la intención de afectar su voluntad y obtener su subordinación. Se deriva de un principio del Derecho Internacional Público que establece la independencia de las naciones y el derecho de autodeterminación de los pueblos. 


Este principio de no intervención prácticamente equivale al de no injerencia en los asuntos internos de otro país. Debemos destacar que el no intervencionismo es una política sólo en el gobierno, por lo que no excluye la intervención no gubernamental por organizaciones como la Amnistía Internacional.


Destaquemos que la Revolución del Jueves Santo del 19 de abril de 1810, marcó la lucha por la independencia del dominio español en Venezuela. El capitán general Emparan se dirigía a misa y un grupo perteneciente a la aristocracia y burguesía criolla (hijos de españoles pero nacidos en América) miembros del Cabildo de Caracas le desconocen. Él no estuvo de acuerdo con esto, y cuando desde la ventana del ayuntamiento le preguntó al pueblo que se había reunido en la plaza mayor (hoy Plaza Bolívar) si quería que él siguiera mandando, el presbítero José Cortés de Madariaga, le hizo signos a la multitud para que contestaran que "NO". Emparan dijo que entonces él tampoco quería el mando, renunció y se fue a España. Firmándose así el Acta, aduciendo que actuaban en nombre de Fernando VII, rey depuesto de España, y en desobediencia a José I. Esto dio paso a la formación de la Junta Suprema de Caracas la cual fue la primera forma de gobierno autónomo. Más tarde, el 2 de marzo de 1811 se instaló el Primer Congreso Nacional y se nombró un triunvirato compuesto por Cristóbal Mendoza, Juan Escalona y Baltasar Padrón y el 5 de julio de 1811 se firma la Declaración de Independencia, conformándose así la Primera República que colapsó por la reacción realista.



La independencia se distingue de la autonomía, puesto que la segunda es un régimen de descentralización del poder, en el cual, ciertos territorios o comunidades integrantes de un país gozan de algunas facultades ejecutivas, legislativas y judiciales, en ciertas materias o competencias, que quedan así fuera del alcance del gobierno central. Hoy 205 años después, políticamente estamos constituidos como un Estado federal democrático, social, de derecho y de justicia, autónomo y soberano (según la Acta de 1811), y después de lo cual no dependemos de Imperios, ni tenemos reyes herederos de ningún trono.



Opinión al Día






Publicado en el Yaracuy al Día el Domingo 19 de Abril de 2015. Página 6. 

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